Maggiorazione sociale (suplementos)
La ley financiera 2001 ha establecido un incremento de la “maggiorazione sociale” – a favor de sujetos necesitados – hasta garantizar un rédito propio igual a € 516,46 al mes por trece mensualidades. Los sujetos, para obtener la “maggiorazione “, deben poseer réditos no superiores al lÃmite establecido por la ley. La “maggiorazione” corresponde en medida entera o reducida según la situación redituable del titular y del cónyuge no separado legalmente.
La ” Maggiorazione” corresponde:
- A los titulares de pensiones a cargo de la aseguradora general obligatoria de los trabajadores autónomos (artesanos, comerciantes, agricultores directos, etc.)
- A los titulares de pensiones de gestión especial para los trabajadores de la minas, canteras, etc.
- A los titulares de pensiones sociales
- los titulares de asignación social
- los titulares de prestaciones asistenciales (inválidos civiles, sordomudos, ciegos civiles)
Edad
Para obtener el incremento los titulares de pensiones deben tener 70 años de edad y puede reducirse hasta un máximo de cinco años en la medida de un año por cada 5 años de contribución. Los titulares de pensiones de inhabilidad, inválidos civiles totales, los sordos tienes derecho a la “maggiorazione” hasta los € 516,46 al mes si tiene la edad.
Réditos
Para todos los beneficiarios de pensiones arriba indicadas comprendidos los titulares de prestaciones asistenciales, la “maggiorazione” puede ser concedida a condición que:
- El beneficiario, si él sólo cobra pensión, no debe poseer réditos propios igual o superior a los € 6.713,98 en el año 2002.
- El beneficiario, si está casado, no debe poseer réditos propios igual a los € 6.713,98 y que no posea réditos que acumulados con los que percibe el cónyuge non superen el importe anual de € 11.271,39.
Atención:
Cuando el pensionado cobra también pensión argentina se deben sumar las dos pensiones para ver si tiene derecho a pedir el aumento por “maggiorazione sociale”.




