C谩lculo de Jubilaci贸n y Pensi贸n
El criterio de c谩lculo de la jubilaci贸n var铆a seg煤n la ancianidad contributiva madurada por el trabajador al 31 de diciembre de 1995. Se adopta:
- El sistema contributivo para los trabajadores sin ancianidad contributiva al 1潞 de enero de 1996
- El sistema retributivo para los trabajadores con ancianidad igual o superior a 18 a帽os de aportes al 31 de diciembre de 1995
- El sistema mixto para los trabajadores con ancianidad, a dicha fecha, inferior a 18 a帽os
Sistema retributivo
Seg煤n este sistema, la jubilaci贸n es relacionada al promedio de las retribuciones de los 煤ltimos a帽os de trabajo. Se basa en tres elementos:
Ancianidad contributiva dada por el total de los aportes que el trabajador puede hacer valer al momento de jubilarse y que resulten acreditados en su cuenta de seguro, sean ellos obligatorios, voluntarios, figurativos, rescatados o reunidos retribuci贸n / ingreso computable a fines jubilatorios es conformado por el promedio de las retribuciones o ingresos cobrados en los 煤ltimos a帽os de actividad laboral.
Al铆cuota de rendimiento, corresponde al 2% anual de la retribuci贸n / ingresos cobrados dentro del l铆mite de 36.093 euro anuales para luego decrecer por categor铆as de ingreso superior. Significa que con 35 a帽os de ancianidad contributiva la jubilaci贸n corresponde al 70% de la retribuci贸n, con 40 a帽os corresponde al 80%.
Sistema contributivo
Este sistema de c谩lculo se basa en todos los aportes pagados durante la entera vida como asegurados. A los fines del c谩lculo es preciso:
- Individuar la retribuci贸n anual de los trabajadores dependientes o los ingresos conseguidos por los trabajadores aut贸nomos.
- Determinar el monto individual que se obtiene sumando los aportes de cada a帽o oportunamente reevaluados sobre la base de la tasa anual de capitalizaci贸n derivada de la variaci贸n promedio quinquenal del producto bruto interno determinada por la ISTAT
- Al monto contributivo se aplica el coeficiente de transformaci贸n que var铆a en funci贸n de la edad del trabajador, al momento de la jubilaci贸n.




