Sistema Previsional Argentino
Con fecha 4 de diciembre de 2.008, se public贸 la ley 26425 que estableci贸 que todos los trabajadores, jubilados y pensionados se encuentran dentro de la 贸rbita del estado y pertenecen al sistema de reparto.-
De esta forma, el Estado Argentino retoma en forma integral la cobertura de Seguridad Social y garantiza a los trabajadores que sus aportes son destinados a cubrir los costos de la seguridad social y la cobertura de las contingencias que sufran los habitantes del pa铆s.-
As铆 ha sido completamente eliminado el doble sistema de Previsi贸n Social, quedando todos los habitantes enmarcados en el SIPA (Sistema Integrado Previsional Argentino).-
Por otro lado, el Estado asume el pago de los haberes mensuales de jubilaciones y pensiones, que hasta diciembre de 2.008 abonaban las AFJP, garantizando el pago del importe m铆nimo de jubilaciones y pensiones incluso para aquellos casos en que el sistema de reparto no integrara monto alguno, reconociendo un derecho que garantiza la igualdad de los jubilados, de acuerdo a lo establecido en la Constituci贸n Nacional.
Ley de Solidaridad Previsional, Ley N掳 24.463 (En Anses)
Los siguientes links son documentaci贸n de ANSES
- Jubilaci贸n – PBU / PC / PAP(Pronto)
- Prestaci贸n por edad avanzada
- Prestaci贸n por edad avanzada por invalidez
- Prestaci贸n por edad avanzada por trabajos rurales
- Retiro por invalidez
- Reconocimiento de servicios (Pronto)
- Anexo actividades especiales (Pronto)




